Regularización extraordinaria de extranjeros en España: requisitos

Llevas tiempo viviendo en España, trabajando en la sombra, empadronado y aportando a la sociedad, pero sigues sin papeles. El miedo a un control policial o la frustración de no poder alquilar un piso legalmente es una carga diaria.

La reciente iniciativa de regularización extraordinaria de extranjeros (ILP) abre por fin una puerta a la legalidad para cientos de miles de inmigrantes. Aquí te explicamos sin lenguaje burocrático cuáles son los requisitos que debes preparar para conseguir tus papeles.

¿En qué consiste la nueva regularización en España?

Una regularización extraordinaria es un proceso especial aprobado por el Gobierno que permite obtener permiso de residencia y trabajo a extranjeros que se encuentran en situación irregular en España, flexibilizando los estrictos requisitos del arraigo tradicional.

El objetivo es integrar en el sistema legal a las personas que ya viven y trabajan en el país, permitiéndoles cotizar a la Seguridad Social y tener plenos derechos.

Requisitos clave para la regularización de extranjeros

Aunque los detalles del reglamento final fijan las condiciones exactas, todo proceso de regularización en España exige cumplir con estos requisitos fundamentales:

1. Fecha de entrada en España: Debes demostrar que te encontrabas en territorio español antes de la fecha de corte establecida por la ley (por ejemplo, antes de noviembre de 2021). El documento rey para esto es el certificado de empadronamiento histórico.

2. Carencia de antecedentes penales: Es un requisito no negociable. Debes presentar un certificado de antecedentes penales de tu país de origen (debidamente apostillado o legalizado) y no tener antecedentes policiales ni penales en España.

3. Pasaporte en vigor: Tu pasaporte debe estar vigente. Si está caducado, debes acudir al consulado de tu país en España para renovarlo urgentemente.

4. Pago de la tasa correspondiente: Como en todo trámite de extranjería, se debe abonar la tasa administrativa modelo 790 antes de presentar la solicitud.

Qué documentos debes ir preparando

Los procesos de regularización tienen plazos limitados (suele abrirse una ventana de pocos meses). Si esperas a que salga la norma definitiva para buscar los papeles, puedes quedarte fuera. Ve preparando:

  • Certificado de empadronamiento histórico que demuestre tu tiempo en España.
  • Pasaporte completo (copia de todas las páginas) y en vigor.
  • Antecedentes penales de tu país (recuerda que caducan a los 3 o 6 meses, según el país).
  • Cualquier prueba de tu vida en España: facturas a tu nombre, envíos de dinero, abono transporte, etc.

¿Qué pasa si no cumplo los requisitos?

Si llegaste a España después de la fecha límite de la regularización extraordinaria, tu camino sigue siendo la Ley de Extranjería general. Podrás optar por el arraigo familiar, arraigo para la formación o arraigo social cuando cumplas los años exigidos.

Y recuerda, si estás regularizando tu situación, pronto necesitarás tramitar tu documento de identidad: Requisitos para tramitar el NIE.

Preguntas frecuentes sobre la regularización

¿Puedo acogerme a la regularización si llegué a España hace pocos meses?

No. Las regularizaciones extraordinarias siempre fijan una fecha de corte en el pasado. Debes demostrar, generalmente mediante el padrón, que estabas en España antes de esa fecha límite.

¿Es obligatorio tener contrato de trabajo para esta regularización?

En procesos extraordinarios anteriores, el contrato de trabajo no siempre ha sido requisito imprescindible si se demostraba suficiente arraigo y tiempo de estancia, a diferencia del arraigo social o laboral habitual.

¿Qué pasa si tengo antecedentes penales?

Tener antecedentes penales, ya sea en España o en tu país de origen, es causa automática de denegación en cualquier trámite de extranjería, incluida la regularización extraordinaria.

¿Puedo trabajar inmediatamente después de solicitarlo?

No. Al presentar la solicitud estás en proceso de estudio. Solo podrás firmar un contrato y darte de alta en la Seguridad Social cuando la resolución sea favorable y tengas concedida la residencia y trabajo.

Deja un comentario